martes, 17 de mayo de 2011

ASIGNACIÓN FAMILIAR:

ASIGNACIÓN FAMILIAR:


Requisitos

¿Cuál es el requisito para percibir este derecho?

Los requisitos para tener derecho a percibir la asignación familiar, es tener vínculo laboral vigente y mantener a su cargo uno o más hijos menores de dieciocho años y hasta los 24 años si se encuentra estudiando estudios superiores o técnicos, en este caso el trabajador deberá comunicar al empleador adjuntando el documento que acredita la minoría de edad o el respectivo certificado de estudios.



La asignación familiar y las gratificaciones legales no se pagan en función de las horas que usted labore (jornada de trabajo.).

1.- Asignación familiar

Se obtiene el derecho cuando se demuestra al empleador que usted tiene hijos menores de edad.

Se paga en función de la remuneración mínima vital y equivale al 10 % (A Marzo 2011 asciende a 60.00 nuevos soles.
2.- Gratificaciones legales

Se pagan considerando los meses laborados ( no las horas ) y es independiente del tipo de contrato laboral que se halla suscrito.

Equivale a una remuneración habitual del trabajador.
Asignación familiar: hijo mayor de edad con discapacitado

Para que pueda continuar percibiendo la asignación familiar su hijo debe encontrarse realizando estudios superiores (técnicos) o universitarios.

Esta extensión de tiempo tiene un límite hasta los 24 años.

La situación de discapacidad, no le confiere el derecho de continuar percibiendo dicho beneficio.

Asignación familiar y los descuentos por inasistencia

¿Procede los descuentos por inasistencia en la asignación familiar?

Según posición del Ministerio de trabajo, NO.

La asignación familiar no tiene naturaleza contraprestativa a diferencia de otros beneficios sociales (Ejemplo: utilidades o gratificaciones legales ) .

No se otorga en función del trabajo realizado, sino por el simple hecho de que el trabajador tenga carga familiar debidamente certificada.

Es en entonces un beneficio de orden social, con lo cual no es posible considerar su otorgamiento al trabajo efectivamente realizado o a los días efectivamente laborados

Ejemplo: Trabajador que tiene 02 inasistencias en el mes de Enero 2011 y percibe la remuneración mínima vital vigente (s/.580.00)

Asignación familiar: 58.00

Ausencias injustificadas: 02

Monto a otorgar: 58.00
Asignación familiar: caso otra asignación similar
¿Qué sucede en aquellas empresas que otorgan a sus trabajadores una asignación por cónyuge?

En este supuesto subsistirá el derecho a percibir esta asignación por cónyuge, independientemente del monto que fuera, pues se trata de un beneficio diferente a la asignación familiar legal. En relaciona la asignación por hijo, se optará por la que otorgue mayor beneficio, cualquiera que fuera el origen de ésta en la medida que nos encontramos ante beneficios similares.

Referencia: Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 035-90-TR
Asignación familiar: caso trabajo en varias empresas

¿Qué sucede si un trabajador labora en varias empresas?

El trabajador que labore en varias empresas, y acredite tener el derecho de percibir la asignación familiar, el empleador de cada empresa deberá cumplir con el pago de la asignación familiar indistintamente.

Referencia: Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 035-910-TR.

Asignación familiar: caso padres trabajan.

¿Qué sucede si tanto madre y padre son trabajadores de la misma empresa?
En este caso ambos tendrán el derecho.

Referencia: Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 035-90-TR.
Asignación familiar: oportunidad de pago

¿En qué momento se paga la Asignación Familiar?
La Asignación Familiar deberá ser pagada por el empleador bajo la misma modalidad con que viene efectuando el pago de las remuneraciones a los trabajadores.
Asignación familiar: requisitos

¿Cuál es el requisito para percibir este derecho?

Los requisitos para tener derecho a percibir la asignación familiar, es tener vínculo laboral vigente y mantener a su cargo uno o más hijos menores de dieciocho años y hasta los 24 años si se encuentra estudiando estudios superiores o técnicos, en este caso el trabajador deberá comunicar al empleador adjuntando el documento que acredita la minoría de edad o el respectivo certificado de estudios.
Asignación familiar: calculo
¿Cómo se realiza el cálculo para el pago por Asignación Familiar?

Para calcular el pago de la Asignación Familiar se tomará en cuenta el 10% de la remuneración mínima vital vigente a la fecha de otorga este derecho, este monto se sumará a la remuneración que perciba el trabajador.

Ejemplo: Si un trabajador percibe normalmente 1,000 nuevos soles y si éste acredita tener uno o más hijos, menores de 18 añoso , percibirá adicional mente a su remuneración el 10% de la remuneración mínima vital vigente en la fecha del pago.

Datos

Remuneración mensual: 1,000 s/.

Remuneración mínima legal vigente al momento de acreditación: 600 s/ (desde febrero 2011 )

Numero de hijos acreditados: 02

Documento: partida de nacimiento

DNI

Monto de Asignación familiar
Monto mensual
600.00 x 0.10 = 60.00 s/. Mensuales

Monto diario

60.00 s/ / 30 días = 20.00 s/.
Importante:

1.- Nótese que el importe de la remuneración no se toma en cuenta.

2.- Se dice " acreditación ", cuando se presenta la copia simple de algún documento que confirme la paternidad del trabajador.

3.- El momento en que se empezara a realizar el pago , empieza desde el primer día en que se acredito la paternidad del trabajador y no necesariamente desde la fecha de nacimiento del hijo(a).

¿La asignación familiar es un concepto remunerativo?

Efectivamente, la asignación familiar si es un concepto remunerativo y por ende forma parte del cálculo de beneficios laborales.

Asignación familiar : definición

¿Qué es la Asignación Familiar?

La Asignación Familiar se encuentra normado en la Ley Nº 25129 de fecha 06 de Diciembre de 1989, ésta norma establece que todo trabajador que tenga a su cargo uno o más hijos menores de 18 años percibirá esta asignación familiar.

En el caso de que el hijo al cumplir la mayoría de edad se encuentre efectuando estudios superiores o universitarios, este beneficio se extenderá hasta que termine dichos estudios, hasta un máximo de 6 años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.

2 comentarios:

  1. En el sector educación se paga tres soles.
    que norma legal regula esto?

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  2. Soy docente y solo me pagan tres soles ¿Que debo hacer? y a mi esposo que también es docente y dicen que no le correponde ........

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