•Compensación por tiempo de servicios - CTS (Decreto Supremo 001-97-TR)
•Vacaciones remuneradas (Decreto Legislativo 713)
•Gratificaciones legales en Julio y Diciembre (Ley 27735)
•Asignación familiar (Ley 25129)
•Remuneración extraordinaria por horas extras (Decreto Supremo 007-2002-TR)
•Participación en utilidades (Decreto Legislativo 892)
•Indemnización por despido injustificado (Decreto Supremo 001-97-TR)
Por lo tanto, asumiendo que a Zaida no le adeudan asignación familiar ni remuneración por horas extras, en caso de que no renueve su contrato de trabajo el 31 de Marzo tendrá derecho a que dentro de las 48 horas de su cese le abonen la Compensación por Tiempo de Servicios, Vacaciones y Gratificaciones (como su cese es antes del mes de Julio en que se pagan gratificaciones legales deberá pagársele una suma proporcional por los tres meses laborados: Enero a Marzo, es decir 1/2 gratificación). Si la empresa está obligada a distribuir participación en utilidades, Zaida también será beneficiaria. Pero no tendrá derecho a indemnización por despido porque su cese fue producto del vencimiento del contrato.
http://www.laboraperu.com/derechos-de-un-trabajador-a-plazo-fijo.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario