domingo, 3 de abril de 2011

¿Cuáles son los beneficios laborales legales?:

•Compensación por tiempo de servicios - CTS (Decreto Supremo 001-97-TR)

•Vacaciones remuneradas (Decreto Legislativo 713)

•Gratificaciones legales en Julio y Diciembre (Ley 27735)

•Asignación familiar (Ley 25129)

•Remuneración extraordinaria por horas extras (Decreto Supremo 007-2002-TR)

•Participación en utilidades (Decreto Legislativo 892)

•Indemnización por despido injustificado (Decreto Supremo 001-97-TR)

Por lo tanto, asumiendo que a Zaida no le adeudan asignación familiar ni remuneración por horas extras, en caso de que no renueve su contrato de trabajo el 31 de Marzo tendrá derecho a que dentro de las 48 horas de su cese le abonen la Compensación por Tiempo de Servicios, Vacaciones y Gratificaciones (como su cese es antes del mes de Julio en que se pagan gratificaciones legales deberá pagársele una suma proporcional por los tres meses laborados: Enero a Marzo, es decir 1/2 gratificación). Si la empresa está obligada a distribuir participación en utilidades, Zaida también será beneficiaria. Pero no tendrá derecho a indemnización por despido porque su cese fue producto del vencimiento del contrato.


http://www.laboraperu.com/derechos-de-un-trabajador-a-plazo-fijo.html

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