SENTENCIA EMITIDA EN EL EXPEDIENTE Nº 02148-2010-PA/TC (31/01/11).
En virtud del principio de suplencia de queja deficiente y del deber especial de protección de los derechos fundamentales que informa los procesos constitucionales, este Tribunal considera que también debe analizarse si los contratos de trabajo sujeto a modalidad por incremento de actividad (conforme a lo establecido en la cláusula segunda del referido contrato) fueron desnaturalizados por simulación o fraude a las normas establecidas en el Decreto Supremo N.º 003-97-TR.
Para Mayor Información visite la siguiente página:
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2011/02148-2010-AA.html
Este Blog está dirigido a los Maestros de todo el mundo y en especial a los asociados del Consorcio de Centros Educativos Católicos del Perú. Regional Piura-Tumbes, con la finalidad de que tengan a la mano en forma virtual legislación, que le fuera aplicable. Abogado y Licenciado en Educación, Magister en Docencia Universitaria y egresado del Doctorado en Educación; Maestro en Ciencias Penales y Doctor en Derecho.
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