miércoles, 23 de marzo de 2011

El principio de suplencia de queja

SENTENCIA EMITIDA EN EL EXPEDIENTE Nº 02148-2010-PA/TC (31/01/11).


En virtud del principio de suplencia de queja deficiente y del deber especial de protección de los derechos fundamentales que informa los procesos constitucionales, este Tribunal considera que también debe analizarse si los contratos de trabajo sujeto a modalidad por incremento de actividad (conforme a lo establecido en la cláusula segunda del referido contrato) fueron desnaturalizados por simulación o fraude a las normas establecidas en el Decreto Supremo N.º 003-97-TR.




Para Mayor Información visite la siguiente página:

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2011/02148-2010-AA.html

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