jueves, 7 de julio de 2011

Registro de asegurados y derechohabientes





Essalud aprobó el Formulario Nº 1085 para el registro de asegurados regulares y sus derechohabientes, mediante la Res. Nº 13-GCASEG-ESSALUD, en un esfuerzo por evitar afiliaciones indebidas. 

El documento reemplaza a formularios anteriores, entre ellos, el 6052 (Registro de Derechohabientes) y el 6053 (actualización de la identidad del menor de edad).
Dicho documento será utilizado para el registro de Asegurados Titulares del Seguro Regular y Seguro de Salud Agrario Dependiente y de otros seguros que Essalud determine.
Su registro permitirá el acceso a las prestaciones médicas y subsidios por incapacidad, maternidad, etcétera; y, el registro de derechohabientes del seguro regular, seguro de salud agrario, sea dependiente o independiente.
“El nuevo formato ‘Registro de Asegurados’ se tomará en cuenta para la inscripción del asegurado, para la modificación o actualización de datos, así como la baja del registro de asegurados y sus derechohabientes”, comentó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, al explicar los principales alcances de esta disposición legal.
La norma, de esa forma, aprueba nuevos requisitos, procedimientos y causales de baja del registro. Así, para el registro del asegurado titular se exigirá presentar el Formulario 1085 con firma del asegurado y del empleador o representante; copia del contrato de trabajo o última boleta de pago; y, exhibir DNI original.
Mientras que, en el caso de cónyuge, se deberá entregar el Formulario 1085 firmado por el asegurado titular y empleador, copia de la partida de matrimonio civil, emitida con antigüedad no mayor a 3 meses; copia del acta o partida de matrimonio inscrito en el registro consular, si se realizó en el extranjero; exhibir DNI del asegurado y del cónyuge.

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