domingo, 27 de noviembre de 2011

Año escolar 2011 debe culminar con 40 semanas de trabajo efectivo, recuerda el Ministerio de Educación - MINEDU




Año escolar 2011 debe culminar con 40 semanas de trabajo efectivo, recuerda el Ministerio de Educación - MINEDU


El Ministerio de Educación (Minedu) recordó hoy a los directores y docentes de todos los colegios del país que para culminar las labores escolares del presente año deben haber cumplido con brindar las 40 semanas de trabajo pedagógico efectivo a los educandos.

Esta disposición se encuentra en la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2011, que norma las acciones de gestión pedagógica, institucional y administrativa, en las instituciones y los programas educativos de las diferentes modalidades de la educación básica y de la educación técnico-productiva.

En el caso del nivel inicial, el trabajo pedagógico diario es de cinco horas, 25 horas semanales, y un mínimo de 900 horas anuales. En los programas no escolarizados, el horario es flexible de acuerdo con el tipo de programa.

En los Programas No Escolarizados de Educación Inicial (Pronoei), el turno será concertado con la promotora, las familias y la comunidad. El mínimo de horas al año será de 640 horas pedagógicas: cuatro horas diarias, cuatro días a la semana, 10 meses al año. El quinto día de cada semana será dedicado a la planificación, pero cuando ésta no se realice, los niños asistirán normalmente a clases.

En tanto, los programas de prácticas de crianza, dirigidos a niños de 0 a 2 años o a sus padres, según la modalidad, tendrán un mínimo de dos horas semanales.

Para el nivel de primaria, el trabajo diario es de seis horas pedagógicas; 30 horas semanales, y un mínimo de 1,100 horas anuales.

Cualquier modificación al calendario pedagógico por condiciones climáticas, geográficas o por el desarrollo de actividades productivas o culturales debe respetar el cronograma mínimo establecido.

Asimismo, se ha de tener en cuenta que los tiempos utilizados para el desayuno o almuerzo escolar no se consideran como horas pedagógicas diarias, indica la directiva.

En los colegios de nivel secundario, el trabajo diario es de siete horas pedagógicas, 35 horas semanales y un mínimo de 1,200 horas anuales. El mínimo de horas para cada área curricular en el plan de estudios de secundaria debe estar en concordancia con lo normado por la Resolución Ministerial 440-2008-ED.

En las escuelas públicas a distancia, la asistencia se rige por el mismo calendario de la presencial. Los estudiantes que, por motivos de trabajo, no asistan, no perderán el derecho de evaluación y certificación, siempre que cumplan con sus obligaciones académicas.

El ministerio añadió que si bien no existen fechas exactas, las clases escolares de 2011 deben concluir a partir del 20 de diciembre, siempre y cuando hayan cumplido con las 40 semanas de trabajo y las horas académicas antes indicadas por cada nivel.

No hay comentarios:

Publicar un comentario