domingo, 6 de noviembre de 2011

Judicatura seguirá a cargo de la investigación tutelar



Hasta que el Mimdes asuma competencia a escala nacional
Asimismo, exhorta a este ministerio hacerlo antes de 2012

Magistrados. Atienden situación de desamparo de la población infantil y juvenil en el país.El Poder Judicial continuará atendiendo los procedimientos de investigación tutelar de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en estado de abandono o falta de atención, a fin de evitar dejar en desamparo a esta población infantil, señala la circular sobre determinación del órgano competente para realizar estos procesos y la publicación de los edictos, aprobada por la RA Nº 344-2011-SJ-PJ.

En la norma, la judicatura exhorta también al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) para que, en el más breve plazo, implemente y ejecute lo dispuesto por la Ley Nº 28330, a fin de que antes de 2012 asuma competencia en las investigaciones tutelares a escala nacional y dicte las medidas necesarias para su efectivo cumplimiento.

La norma en mención modificó diversos artículos del Código de los Niños y Adolescentes, estableciendo que el Mimdes es el ente rector en materia de infancia y adolescencia, así como el órgano competente para realizar el procedimiento de investigación tutelar.

La ley dispuso también que este portafolio asumiría competencia en materia de investigación tutelar de manera progresiva a partir de los 90 días de entrada en vigencia de su reglamento, en tanto que el Poder Judicial seguiría asumiendo la competencia de las investigaciones respecto de los procesos que no sean transferidos.

Apoyo a la familia

Posteriormente, el Plan Nacional de Apoyo a la Familia, aprobado por DS Nº 005-2004-Mimdes, consignó como acción estratégica promover la desjudicialización de la investigaciones tutelares y su trámite administrativo, fijando como meta que a 2011 todas las cortes del país deberían haber transferido los procedimientos de investigaciones tutelares al Ministerio de la Mujer.

Sin embargo, la judicatura advierte que hasta el momento el Mimdes no ha asumido competencia en materia tutelar en el ámbito nacional, salvo en los distritos judiciales de Lima, Lima Norte, Lima Sur y Callao. Por ello, ratifica que la investigación tutelar continúe siendo asumida por el Poder Judicial hasta que dicho portafolio asuma la competencia que le ha sido conferida por la ley.

La judicatura, finalmente, advierte el problema de financiación de la publicación de edictos a través de cualquier medio de prensa o difusión, que al ser condición para la viabilidad de la investigación tutelar, genera un oneroso costo a los juzgados especializados de familia y mixtos, ocasionándoles con ello diversas trabas funcionales. Por ello, pide al Mimdes coordinar fórmulas intermedias inmediatas que suplan los gastos que por edictos debe realizar el Poder Judicial.

¿Qué es la investigación tutelar?

La Ley N° 28330, que regula el procedimiento de investigación tutelar, establece que la instancia administrativa será la que realice el proceso de investigación tutelar, evaluando los motivos del abandono del que es objeto el niño, si fuera víctima de violencia, etcétera. Además, otorga competencia para que dicho proceso sea realizado por el Mimdes, en su calidad de ente rector en materia de infancia y adolescencia. Así, será en el marco de este nuevo proceso administrativo que se podrá aplicar la medida de protección de la colocación familiar, por lo que resulta importante el cumplimiento cabal de la ley. El objetivo es no judicializar los problemas psicosociales y jurídicos de la niñez, refiere la ley.





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