domingo, 13 de noviembre de 2011

Debida motivación


SENTENCIA EMITIDA EN EL EXPEDIENTE N° 03680-2011-PHC/TC (19/10/11).

Debida motivación

La demanda cuestiona la debida motivación del Auto Apertorio de Instrucción y del mandato de detención dictado contra el favorecido, así como la vulneración del derecho al debido proceso y ha sido rechazada liminarmente sin que se haya efectuado la investigación necesaria que permita determinar si se ha producido o no la alegada afectación de los derechos constitucionales invocados, o si ésta aún pervive. Siendo así este Tribunal considera que dada la naturaleza de los derechos constitucionales invocados (debida motivación de las resoluciones judiciales, debido proceso y libertad personal) y teniendo en cuenta que tanto la Constitución como el Código Procesal Constitucional han acogido la concepción amplia del hábeas corpus, pues éste en su artículo 25º, in fine, señala expresamente que el proceso de hábeas corpus también procede en defensa de los derechos constitucionales conexos a la libertad individual, especialmente cuanto se trata del debido proceso, la presente causa merece un pronunciamiento que se sustente en mayores elementos de prueba respecto de la alegada vulneración del derecho al debido proceso y de defensa y que creen en el juzgador la convicción sobre la vulneración o no de los derechos constitucionales alegados, por lo que es necesario la admisión a trámite de la demanda.



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