martes, 27 de diciembre de 2011

Informe 120-2011-SUNAT Penalidad por resolución del Contrato CAS no afecta al Impuesto a la Renta



Informe 120-2011-SUNAT Penalidad por resolución del Contrato CAS no afecta al Impuesto a la Renta
Mediante Informe 120-2011-SUNAT, la Administración Tributaria concluye que las contraprestaciones pagadas como penalidad por la resolución inmotivada del Contrato Administrativo de Servicios, prevista en el numeral 13.3 del artículo 13 del Reglamento del CAS no se encuentran afectas al Impuesto a la Renta.



La Administración arriba a esta conclusión al estimar que esta penalidad tiene naturaleza indemnizatoria pues constituye una reparación económica otorgada al trabajador por la extinción unilateral del contrato de trabajo de parte del empleador sin que medie incumplimiento de aquél, y por consiguiente no se encontraría gravado con el Impuesto a la Renta.

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